Sentencia N° 503 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de noviembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 503, Exp. C02-0385, 07/11/2002
ExpedienteC02-0385
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-11-07
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Alexander Espinoza, quien fue condenado por el delito de hurto agravado de vehículos automotores. La Sala desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, señalando que el recurrente no había interpuesto recurso de casación en el tiempo establecido y que las denuncias presentadas carecían de fundamento legal. La decisión se basa en la interpretación de las normas del Código Orgánico Procesal Penal y la valoración de las pruebas presentadas en el juicio.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Se deduce de la lectura de la presente fundamentación, que el recurrente denuncia conjuntamente, supuestos vicios cometidos por el Tribunal en Función de Juicio y la Corte de Apelaciones. En efecto, se denuncia un falso supuesto en contra del tribunal de juicio, y, la errónea interpretación del artículo 1 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, por parte de la Corte de Apelaciones. Por consiguiente, resulta procedente desestimar por manifiestamente infundada la denuncia, de acuerdo con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano ALEXANDER ESPINOZA. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
hurto agravadorecurso de casaciónCódigo Orgánico Procesal Penalvaloración de pruebasinmediaciónsentenciadefensa