Sentencia N° 502 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de julio de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 502, Exp. R15-253, 17/07/2015
ExpedienteR15-253
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2015-07-17
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió acumular las solicitudes de radicación de las causas relacionadas con el ciudadano YONNY EDUARDO BOLÍVAR JIMÉNEZ, imputado por homicidio calificado y otros delitos. Se argumentó que los hechos generaron alarma pública, lo que justificó la radicación del caso a otro circuito judicial. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar un juicio imparcial, dado el impacto mediático y social del caso en la comunidad de Los Teques, Estado Miranda.

Extracto de la motiva

La radicación constituye una excepción a la regla de competencia territorial, que consiste en excluir el conocimiento del juicio a un tribunal con potestad jurisdiccional limitada por el territorio, con el propósito de atribuirlo a otro de igual jerarquía, pero en un circuito judicial penal de diferente área geográfica, dada la necesidad de resguardar al proceso de influencias ajenas a la verdad procesal, que incidan en su desenvolvimiento o influyan en la psiquis de los jueces o juezas a quienes corresponde el conocimiento del asunto. La radicación surge de la necesidad de salvaguardar una correcta administración de justicia, la cual debe encontrarse al margen de inconvenientes que puedan interferir en la integridad e independencia del Poder Judicial.

Dispositiva

PRIMERO: HA LUGAR las solicitudes de radicación propuestas por los abogados MARISOL COROMOTO ZAKARIA HAIKAL, FRANCISCO JAVIER GRAJAL PAREJO y CÉSAR JOSÉ ALFONZO HURTADO, en su condición de Fiscal Principal y Fiscales Auxiliares Quincuagésimo Noveno a Nivel Nacional y por la ciudadana MANUELA GERÓNIMA PÉREZ CASTRO, asistida por sus apoderados los abogados LUIS ALBERTO SUCRE CABRÉ y CARLOS ALEJANDRO GUEVARA. SEGUNDO: Se ordena RADICAR la causa en el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se ordena a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, la remisión inmediata del expediente original a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

radicaciónhomicidioalarma públicajusticia

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