Sentencia N° 50 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de febrero de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 050, Exp. 12-96, 18/02/2014
Expediente12-96
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de interpretación del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el abogado Jesús Santiago de León Caro Ferrer en representación de Hilda Josefina Martínez Infante. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso, pero al revisar los requisitos de admisibilidad, concluyó que la solicitud no cumplía con los mismos, ya que se pretendía sustituir un recurso ordinario de apelación por el recurso de interpretación. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso interpuesto.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el solicitante realmente lo que pretende es la revisión de la decisión, dictada el 13 de febrero de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que declaró “…IMPROCEDENTE EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD…” a su representada, utilizando para ello la institución jurídica del recurso de interpretación con la única finalidad de obtener un nuevo fallo; con lo cual evidentemente el requirente pretende sustituir el recurso ordinario de apelación por este medio. Siendo ello así, se advierte que la presente solicitud no llena los requisitos exigidos para la admisión del recurso de interpretación, dado que no es la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, la sede para valorar el fallo cuestionado (decisión interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua), que declaró improcedente el decaimiento de la medida a la ciudadana HILDA JOSEFINA MARTÍNEZ INFANTE, conforme a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal (derogado) artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.

Dispositiva

Por las razones anteriormente señaladas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano abogado JESÚS SANTIAGO DE LEÓN CARO FERRER. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

recurso de interpretacióndecaimiento de medidacoacción personaljurisprudenciaCódigo Orgánico Procesal Penaldilación procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca