Sentencia N° 50 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de marzo de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 050, Exp. C11-356, 06/03/2012
ExpedienteC11-356
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-03-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Manuel Guillermo Vargas Aparicio, quien había sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por el delito de actos lascivos agravados. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, argumentando que no se analizaron adecuadamente las pruebas testimoniales. Sin embargo, la Sala constató que la Corte de Apelaciones había cumplido con su deber de valorar las pruebas y motivar su decisión, desestimando así los argumentos de la defensa.

Extracto de la motiva

La motivación de la sentencia, supone que todos los argumentos expuestos por las partes, deben ser fundadamente resueltos, en atención al derecho de ser oído, a la defensa y al debido proceso. Por lo tanto, la alzada como tribunal de segunda instancia, tiene la obligación de dar respuesta a todas las denuncias de apelación, producto del análisis y revisión de la sentencia sometida a su consideración, garantizándole a los justiciables el control y la constitucionalidad del proceso, lo que en criterio de la Sala, realizó la alzada en el caso bajo estudio, siendo la motivación presentada, concreta y suficiente, por lo cual en cuanto a este aspecto denunciado por la defensa, tampoco asiste la razón al recurrente.

Dispositiva

Declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Andrés Eloy Carneiro Muziotti, defensor del ciudadano Manuel Guillermo Vargas Aparicio, en contra de la decisión de la Sala Accidental N° 112 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, mediante la cual declaró sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por esa defensa, en contra de la decisión dictada el 4 de mayo de 2009, por el Tribunal Tercero en Funciones de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, mediante la cual condenó al referido ciudadano a cumplir la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión por la comisión del delito de Actos Lascivos Agravados.

Palabras clave

casaciónactos lascivosmotivaciónderecho a la defensatutela judicial efectiva

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