Sentencia N° 5 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de febrero de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 005, Exp. A16-351, 13/02/2017
ExpedienteA16-351
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2017-02-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por los abogados defensores de los ciudadanos Omar El Hinnaoui Salah, Dayron Wolfgang Yépez Villa, Gabriel Antonio Álvarez Villegas y Randy Gabriel Almeida Padilla. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la admisión del avocamiento, destacando que las denuncias planteadas no constituyen una violación grave al ordenamiento jurídico ni afectan la imagen del Poder Judicial.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que las denuncias planteadas se circunscriben a cuestionar la actuación procesal de los representantes del Ministerio Público y el control judicial de la causa ejercido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, quienes han negado las solicitudes y peticiones de la defensa. Al respecto es necesario advertir, que este argumento por sí solo no determina la existencia de un grave desorden procesal o de una escandalosa violación al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática, requisitos indispensables para la materialización del avocamiento, pues, esta institución no está concebida por el legislador para pretender convertirse en una tercera instancia, con el propósito de dirimir las incidencias procesales de toda índole y naturaleza.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por los abogados LUIS ERNESTO LÓPEZ INDRIAGO, VÍCTOR MANUEL OCHOA JUÁREZ, FÉLIX HUMBERTO REQUENA PERAZA y OTHONIEL ABRAHAM TORTOLERO RÍOS, en su carácter de defensores privados de los ciudadanos OMAR EL HINNAOUI SALAH, DAYRON WOLFANG YÉPEZ VILLA, GABRIEL ANTONIO ÁLVAREZ VILLEGAS y RANDY GABRIEL ALMEIDA PADILLA. Así se decide.

Palabras clave

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