Sentencia N° 491 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de diciembre de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 491, Exp. C13-291, 17/12/2013
ExpedienteC13-291
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-12-17
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por los abogados de JOSÉ GREGORIO AVENDAÑO, quien fue condenado a 16 años de prisión por ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes. Los recurrentes alegaron vicios de inmotivación y nulidad en el allanamiento, pero la Sala concluyó que las denuncias no cumplían con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal. La decisión de la Corte de Apelaciones fue confirmada, manteniendo la condena.

Extracto de la motiva

La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las cortes de apelaciones o cortes superiores, se encuentra establecida en el artículo 29 (numeral 2) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: “Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:…2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal”. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación propuesto por los abogados RAFAEL DURÁN BARILLAS y VICENTE ALFONSO CONTRERAS BOCARANDA, actuando como defensores privados del ciudadano JOSÉ GREGORIO AVENDAÑO. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación presentado por los abogados RAFAEL DURÁN BARILLAS y VICENTE ALFONSO CONTRERAS BOCARANDA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 71518 y 5302 respectivamente, actuando como defensores privados del ciudadano JOSÉ GREGORIO AVENDAÑO, contra decisión dictada el diecinueve (19) de diciembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo.

Palabras clave

recurso de casaciónocultamiento ilícitosustancias estupefacientesinmotivaciónallanamiento

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