Sentencia N° 490 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de julio de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 490, Exp. A14-319, 10/07/2015
ExpedienteA14-319
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-07-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Maikel José Moreno Pérez, decidió declarar sin lugar la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Miguel Ángel Lois, en representación de la sociedad mercantil Inversiones Baytor 2000, C.A. La solicitud se fundamentó en la existencia de desórdenes procesales que podrían afectar la imagen del Poder Judicial en el estado Monagas, debido a las relaciones de los imputados con funcionarios judiciales. Sin embargo, la Sala concluyó que los diferimientos de la audiencia preliminar eran atribuibles a los imputados y sus defensores, y no a la actuación del tribunal.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal observa que el solicitante fundamentó su requerimiento en que existen graves desórdenes procesales que pudieran perjudicar ostensiblemente la imagen del Poder Judicial en el estado Monagas, al señalar que en estas tres averiguaciones distintas donde el denominador común es que en cada una de ellas aparece como imputado el ciudadano Nicolás El Chaer, la Fiscalía Décima con Competencia a Nivel Nacional presentó acusación, que recayeron, las dos primeras causas, donde aparecen acusados los Jueces y la causa por el delito de Calumnia, en el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal, a cargo de la Juez Rosymar Pérez, causa que se identifica con el N° NP01-P-2013-004244 y la causa donde aparece acusado el ciudadano Nicolás El Chaer, conjuntamente con los funcionarios policiales, que extrañamente no se acumuló a las otras dos causas, a pesar de la solicitud fiscal, recayó en el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, a cargo de la Juez Isped Naranjo, asignándosele el N° NP01-P-2014-003984. Las cuatro convocatorias realizadas por el Tribunal Quinto de Control en la causa N° NP01-P-2013-004244, han sido diferidas todas, por la incomparecencia de alguno de los imputados y sus defensores, en virtud de no haber sido notificados en su debida oportunidad, mostrando nuestra inconformidad en cada uno de esos diferimientos alegando que los defensores de los imputados, asisten regularmente a las instalaciones de ese Circuito Judicial e incluso han solicitado revisar en el archivo la causa en cuestión, solicitado copias certificadas de la misma y hasta consignado escritos de defensa, por lo que nos parece ilógico, que sus notificaciones hayan sido infructuosas, por parte del Alguacilazgo del Circuito Judicial.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado MIGUEL ÁNGEL LOIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33120, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES BAYTOR 2000, C.A (víctima), en el proceso penal que cursa ante el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, signado con el alfanumérico NP01-P-2013-004244. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.