Sentencia N° 489 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de octubre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 489, Exp. C09-169, 06/10/2009
ExpedienteC09-169
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2009-10-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, decidió sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Gregorio Mosqueda en favor de los ciudadanos acusados JOSÉ ANTONIO PINTO, CARLOS MATA MARTÍNEZ y ANA GABRIELA TREMARIA. La solicitud se fundamentó en la alegación de violaciones a derechos constitucionales por la falta de orden de inicio en el procedimiento penal que llevó a la detención de los acusados por el delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Extracto de la motiva
El avocamiento es una figura jurídica establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que le confiere a cada una de las Salas de dicho organismo jurisdiccional, en las materias de su respectiva competencia, la facultad para conocer cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre en los tribunales de instancia. La figura analizada está regulada en el artículo 18, apartes décimo, undécimo, decimosegundo y decimotercero, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Al respecto la Sala de Casación Penal, ha establecido en jurisprudencia reiterada que la figura del avocamiento es absolutamente excepcional, dado que la intervención de esta máxima instancia judicial penal se aparta del ámbito de la casación. Del mismo modo advierte las Sala que es imposible sustituir los recursos ordinarios y extraordinarios por la figura del avocamiento, pues el mismo es de carácter excepcional, por lo que deberá aplicarse con suma prudencia y sólo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen notablemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana que se hayan desatendido o mal tramitado.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR DE MERO DERECHO la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Gregorio Mosqueda, defensor privado de los ciudadanos acusados JOSÉ ANTONIO PINTO, CARLOS MATA MARTÍNEZ y ANA GABRIELA TREMARIA. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente.
Palabras clave
avocamientoderechos constitucionalesorden de inicioprocedimiento penalsustancias estupefacientesdetenciónnulidadjusticia