Sentencia N° 487 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de octubre de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 487, Exp. C24-386, 11/10/2024
ExpedienteC24-386
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-10-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la abogada María Mercedes Ramírez, defensora privada de JOSÉ EDUARDO BECERRA FALCÓN, quien fue condenado a veintiún años de prisión por delitos relacionados con la siembra y ocultación de cannabis sativa. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa pública, confirmando la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy. La Sala consideró que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la abogada María Mercedes Ramírez, en su carácter de defensora privada del ciudadano JOSÉ EDUARDO BECERRA FALCÓN, titular de la cédula de identidad número V-6.603.311, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de marzo de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Auxiliar Segunda, adscrita a la unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy, abogada Ligia Torres, en contra de la decisión publicada el 2 de noviembre de 2023, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del señalado Circuito Judicial Penal, y en consecuencia, confirmó el fallo en el que fue condenado el prenombrado ciudadano, a cumplir la pena de VEINTIÚN (21) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de SIEMBRA ILÍCITA DE PLANTAS CANNABIS SATIVA Y OCULTACIÓN DE SEMILLAS DE CANNABIS SATIVA, previsto y sancionado en el artículo 151 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163, numeral 7, eiusdem, en perjuicio del estado venezolano, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal; por no cumplir con las exigencias pautadas en el artículo 454, en relación con el artículo 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por Abg. Ligia Emperatriz Torres Meléndez, defensora pública auxiliar segunda adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Yaracuy, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N°02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de Agosto del 2023, cuyo fundamento de hecho y derecho fue publicado en fecha 02 de noviembre del 2023.

Palabras clave

Recurso de CasaciónCannabis SativaCondenaYaracuy

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