Sentencia N° 487 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de noviembre de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 487, Exp. C16-277, 25/11/2016
ExpedienteC16-277
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-11-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la absolución de los acusados por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación planteado por el Ministerio Público, lo que llevó a la interposición del recurso de casación. La Sala concluye que el recurso es manifiestamente infundado, ya que no se evidencian los vicios alegados por el Ministerio Público en su fundamentación.

Extracto de la motiva

Que, en el presente asunto penal se desprende que se trata de una duda o incertidumbre, pues la misma se produjo en el epílogo del proceso de razonamiento por parte del juzgador, pues una vez que fueron evacuados todos los testigos promovidos por las partes; al realizar el análisis de cada uno de los testimonios recibidos, tanto el de los testigos presénciales como del experto, el juez de la instancia expresó que tenía incertidumbre por la falta de pruebas de certeza según su criterio al verificar el mal manejo de las evidencias por falta de cumplimiento del registro de cadena de custodia...

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto, el 18 de junio de 2016, por los abogados Robert José Martínez Godoy, Marvelys Elisa Soto y Jhon José Urdaneta, en su carácter de Fiscales Provisorio y Auxiliares, respectivamente, adscritos a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara del Zulia, con Competencia Plena, contra la decisión publicada por la Sala Núm. Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia el 9 de mayo de 2016, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por los recurrentes, y CONFIRMÓ la sentencia dictada, el 15 de diciembre de 2015, y publicada, el 3 de febrero de 2016, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara del Zulia, en la que ABSOLVIÓ a los acusados YORLIMARG DEL VALLE CASTILLO OROPEZA y MANUEL DE JESÚS LARA PÉREZ, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Palabras clave

casacióntráfico ilícitosustancias estupefacientesabsolución

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