Sentencia N° 487 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 487, Exp. C09-319, 02/10/2009
ExpedienteC09-319
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-10-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 2 de octubre de 2009, resolvió el recurso de casación interpuesto por la representación de la víctima, Ludgero Amado Jorge, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado con lugar el recurso de apelación de los acusados, Juvenal Gouveia Rodrigues Mano y Teresa Goncalves de Rodrigues, absolviéndolos del delito de apropiación indebida calificada. La Sala concluyó que los hechos denunciados no eran típicos y que no se configuraban los elementos del delito, revocando así la decisión impugnada y decretando el sobreseimiento de la causa.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia ha establecido que la apropiación indebida se configura cuando el sujeto se apropia de una cosa ajena que le ha sido confiada, y que la relación entre los socios en una compañía puede dar lugar a responsabilidades penales si se demuestra que uno de ellos se ha apropiado indebidamente de los bienes de la sociedad. En este caso, se argumentó que los acusados habían creado una nueva compañía utilizando los mismos bienes de la anterior, lo que generó un conflicto de intereses y la necesidad de un pronunciamiento judicial claro sobre la disolución de la sociedad y la restitución de los bienes. La Sala concluyó que, al no existir una decisión firme sobre la disolución, no se podía considerar que los acusados habían cometido un delito penal, lo que llevó a la decisión de sobreseer la causa.

Dispositiva

Se revoca la decisión impugnada. Se decreta el sobreseimiento de la causa seguida contra Juvenal Gouveia Rodrigues Mano y Teresa Goncalves de Rodrigues. No se resuelve la apelación interpuesta por la representación de la víctima, Ludgero Amado Jorge, contra el pronunciamiento mediante el cual se negó la solicitud de restitución de bienes, por ser los efectos del dispositivo del presente fallo, de sobreseimiento, totalmente contrarios al condenatorio, revocado, en que sustentaron su pretensión.

Palabras clave

apropiación indebidacasación penalsociedad mercantildisolución anticipadaderecho penalresponsabilidad penalrecursos de apelación

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