Sentencia N° 486 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de agosto de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 486, Exp. C05-0293, 03/08/2005
ExpedienteC05-0293
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-08-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el defensor público de los acusados, quienes habían sido condenados a trece años de prisión por el delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue desestimado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al considerar que las denuncias presentadas eran manifiestamente infundadas. La Sala revisó el fallo impugnado y determinó que se encontraba ajustado a derecho.

Extracto de la motiva

El artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, consagra lo siguiente: 'El recurso de casación será interpuesto (...) mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios ...'. De lo transcrito anteriormente, en relación con las denuncias y de la lectura del recurso de casación se evidencia que el recurrente planteó conjuntamente los supuestos vicios existentes en el marco de las decisiones dictadas en sus respectivas oportunidades por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Apure y por la Corte de Apelaciones del nombrado Circuito Judicial, lo que acarrea el incumplimiento del artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal y la jurisprudencia de esta Sala. También señaló el defensor que la Corte de Apelaciones violó el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, atribuyéndole a esta alzada la falta de aplicación de disposiciones constitucionales y legales, no aplicadas por esa instancia judicial.

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley DESESTIMA por MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos imputados Gustavo Aguilar Barrera y Edilson Erasmo Beleño Díaz. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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