Sentencia N° 486 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de diciembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 486, Exp. C04-0481, 07/12/2004
ExpedienteC04-0481
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-12-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui confirmó el fallo del Tribunal de Juicio que condenó a varios procesados por delitos de abuso y explotación sexual a niños y adolescentes. La defensa interpuso un recurso de casación, argumentando la falta de aplicación de la finalidad del proceso. La Sala de Casación Penal revisó el fallo y consideró que se encontraba ajustado a derecho, desestimando el recurso por infundado.
Extracto de la motiva
El artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal exige que el recurso de casación sea interpuesto mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. En el presente caso, la formalizante no cumple con las exigencias de la norma transcrita, pues, además, de circunscribirse a cuestionar el fallo de la segunda instancia, que según los hechos establecidos por el tribunal de juicio, verificó la procedencia o no de las denuncias planteadas en el recurso de apelación, señala la violación de un principio general (artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal) referido a la finalidad del proceso que, según jurisprudencia reiterada por esta Sala de Casación Penal, no puede ser infringido por las Cortes de Apelaciones, ya que se le debe señalar a la Sala las normas procesales, que según su criterio, impiden que ésta pueda llegar a la finalidad del proceso, es decir, a la verdad de los hechos y la justicia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.