Sentencia N° 485 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 485, Exp. C23-386, 17/11/2023
ExpedienteC23-386
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-11-17
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la abogada Maura Yelitza Guzmán en defensa de Rodolfo Enrique Medina, condenado a 17 años y 6 meses de prisión por abuso sexual. La decisión de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada en todos sus términos. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la falta de fundamentación adecuada de las denuncias.

Extracto de la motiva

motivación e llogicidad del fallo de alzada. A los fines de fundamentar esta denuncia es imperativo hacer una transcripción de los alegatos más relevantes esgrimidos por la defensa en el recurso de apelación interpuesto ante la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Región Sur del Estado Bolívar - Sede Puerto Ordaz en fecha 09-12-2022, como lo plasmo de seguida: ´La anterior declaración emitida por el ciudadano Experto Médico Forense Dr. Elexander Leo, supra identificado, en fecha 12-08-2022, explica claramente siendo contundente y contradice lo denunciado por la victima cundo dice: a una víctima se le realizó una experticia médico legal ginecológica y ano rectal, en la misma no se presentaba lesiones de carácter médico legal en el examen general. Si observamos ´la Denuncia´, la victima indica que fue violada, entonces estaríamos frente a un tipo de Violencia Sexual, sin embargo; el titular de la acción penal, precalifico Abuso sexual con penetración vía Anal y Vaginal, hecho punible con una data de escasas horas del mismo día de la realización de la Medicatura Forense en fecha 08-11-2020, se pregunta esta Defensoría Publica cómo es posible que dicha experticia Ginecológica no arroje un resultado contundente de violencia o abuso sexual reciente?, sino por el contrario un resultado de desfloración antigua, mayor a los siete días, con presencia de flujo vaginal, concluyendo que es una ciudadana adolescente que mantiene una vida sexual activa. Es por lo que la Lógica nos indica que no hubo tal abuso sexual

Dispositiva

Se declara desestimado por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la abogada MAURA YELITZA GUZMÁN, Defensora Pública Primera en Materia de Violencia contra la Mujer, en defensa del ciudadano RODOLFO ENRIQUE MEDINA.

Palabras clave

casaciónabuso sexualviolencia contra la mujersentencia condenatoria

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