Sentencia N° 481 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de diciembre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 481, Exp. CC03-0443, 18/12/2003
ExpedienteCC03-0443
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2003-12-18
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Penal se pronuncia sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Noveno en Función de Control y el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, relacionado con una demanda de tacha de falsedad de documento. Se establece que la causa principal tiene su origen en un procedimiento laboral, lo que determina la competencia de la Sala de Casación Civil para resolver el conflicto. La Sala Penal se declara incompetente y remite el expediente a la Sala Civil para su resolución.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en sus artículos 42.21 y 43 disciplina las funciones de este Alto Tribunal, y distribuye las competencias para decidir los conflictos entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior común a ellos en el orden jerárquico, en función de la materia que constituye la especialidad de cada Sala del Máximo Tribunal. Así, de conformidad con estas normas, corresponde a la Sala de Casación Civil decidir este tipo de controversias cuando se trate de hechos ocurridos en la jurisdicción civil, mercantil, del trabajo o de alguna otra especial, mientras que cuando se trate de hechos ocurridos en la jurisdicción penal deberán ser decididos por la Sala de Casación Penal.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el CONFLICTO DE COMPETENCIA NEGATIVO planteado entre el Tribunal Noveno en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de dicha Circunscripción Judicial, y en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA en la SALA DE CASACIÓN CIVIL de este Máximo Tribunal, a los fines de que resuelva el conflicto suscitado entre ambos Tribunales, y a la cual se ordena remitir el presente expediente.
Palabras clave
conflicto de competenciatacha de falsedadjurisdicción civiljurisdicción penaltransaccióndespidoprestaciones sociales