Sentencia N° 480 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de septiembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 480, Exp. C08-296, 30/09/2008
ExpedienteC08-296
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-09-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el defensor de Alejandro Tineo Salas. La decisión impugnada no ponía fin al proceso ni impedía su continuación, lo que la hacía no recurrible en casación. La Sala confirmó la negativa del sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público y las medidas cautelares impuestas a los ciudadanos involucrados.
Extracto de la motiva
El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, señala los fallos impugnables mediante el recurso de casación y al respecto dispone lo siguiente: “El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas. Asimismo serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior”. (Subrayado de la Sala). Según la disposición legal trascrita son impugnables las decisiones que pongan fin al proceso e impidan su continuación.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el defensor del ciudadano ALEJANDRO TINEO SALAS. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
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