Sentencia N° 48 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de febrero de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 048, Exp. C24-447, 13/02/2025
ExpedienteC24-447
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-02-13
DecisiónSe desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, quien actuaba como víctima querellante, en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar su apelación y confirmó el sobreseimiento a favor de FERNANDO ANÍBAL CAMACHO. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la fundamentación de las denuncias de violación de la ley. Se destacó que el Tribunal de Alzada había actuado conforme a derecho al no admitir la acusación particular presentada por el recurrente.

Extracto de la motiva

MOTIVACIÓN DENUNCIADA, son a saber: La sentencia recurrida e impugnada, de la Corte de Apelaciones del Estado Táchira, viola POR FALTA DE APLICACIÓN, las normas antes señaladas, en la forma y por las razones que arguyo y explico a continuación: En el escrito de apelación dirigido al órgano apelante, elevando la sentencia recurrida de la primera instancia, se dejó sentado, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 46 textualmente cito: ´Capitulo II DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL PROCESO. Este Tribunal A quo, aprecia que el acusador particular, aporta una reseña ambigua, pues no determina de manera clara y precisa las circunstancias de modo, tiempo y lugar mediante las cuales presuntamente el sujeto activo cometió el hecho punible, procediendo a realizar una narrativa difusa de los elementos fácticos que sostienen su pretensión; no obstante, este Tribunal, en garantía plena de los derechos constitucionales del sujeto pasivo, acude al contenido de las actas procesales, contrastando las mismas con los fundamentos fácticos aportados por el acusador para suplir su omisión y no truncar sus derechos, por errores formales, siendo los hechos del escrito acusatorio narrados de la siguiente manera (…omisis…) Pero es el caso ciudadanos Magistrados, que en el escrito acusatorio si determinó de manera clara y precisa las circunstancias de modo, tiempo y lugar mediante el cual el sujeto activo cometido el hecho punible y narre de manera clara los elementos fácticos que sostienen mí pretensión, lo cual se puede verificar con los fundamentos fácticos aportados en el escrito acusatorio que transcribo a continuación (… omisis…) Por todo lo antes expuesto es de señalar que no existe confusión, incertidumbre e imprecisión en los límites del lote de terreno de mi propiedad antes bien determinado como tampoco existe ninguna duda sobre la propiedad del mismo. Es el caso, ciudadana Juez, que el ciudadano FERNANDO ANÍBAL CAMACHO para apropiarse del lote de t

Dispositiva

Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, en contra de la decisión dictada y publicada el quince (15) de mayo de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira.

Palabras clave

casaciónsobreseimientoalteración de linderosTáchira

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