Sentencia N° 479 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 479, Exp. E25-466, 07/08/2025
ExpedienteE25-466
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano JOHENDRY DAVID MONTIEL VITORA, requerido por la presunta comisión de delitos graves como secuestro agravado, tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, tráfico de armas, asociación para delinquir, terrorismo y robo agravado. Se establece que los delitos son imprescriptibles y que se cumplen los requisitos legales para la extradición, a pesar de no existir un tratado bilateral entre Venezuela y Colombia, basándose en el Acuerdo Bolivariano de 1911.
Extracto de la motiva
motivaren y de la fecha de su perpetración, así como de las declaraciones u otras pruebas en virtud de las cuales se hubiere dictado dicho auto, caso de que el fugitivo sólo estuviere procesado. Estos documentos se presentarán originales o en copia debidamente autenticada y a ellos se agregará una copia del texto de la ley aplicable al caso, y, en cuanto sea posible, las señas de la persona reclamada…”. Siendo así, la Sala de Casación Penal pasa a verificar los requisitos necesarios para sustentar la solicitud de extradición activa del ciudadano JOHENDRY DAVID MONTIEL VITORA, de nacionalidad venezolana, identificado con cédula de identidad número V- 30.808.097, y al respecto observa lo siguiente: La Sala de Casación Penal, constató la existencia de una orden de aprehensión dictada en fecha 23 de junio de 2025, por el Tribunal Especial Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control Con Competencia en casos vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, en contra del ciudadano JOHENDRY DAVID MONTIEL VITORA, de nacionalidad venezolana, identificado con cédula de identidad N° V- 30.808.097. La referida orden de aprehensión, en la causa penal seguida en contra del ciudadano requerido, la cual dio origen a la presente solicitud de extradición, y en la que se distinguen los siguientes elementos de convicción: 1. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 8 de mayo de 2023, suscrita por el funcionario INSPECTOR AGREGADO JUAN JOSE GERVAZZI GRATEROL, adscrito a la Delegación Municipal Valera del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. 2. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 9 de mayo de 2023, suscrita por el funcionario DETECTIVE AGREGADO GERARDO AMADOR, perteneciente a la Dirección de Inteligencia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 15 de 44 3. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 9 de mayo de 2023, suscrita por el funci
Dispositiva
Se declara procedente la extradición activa del ciudadano JOHENDRY DAVID MONTIEL VITORA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad número V-30.808.097, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, TRÁFICO DE ARMAS Y MUNICIONES, ASOCIACIÓN AGRAVADA, TERRORISMO y ROBO AGRAVADO.
Palabras clave
extradiciónsecuestrotráfico de drogasterrorismodelincuencia organizada