Sentencia N° 479 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de octubre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 479, Exp. C02-0219, 22/10/2002
ExpedienteC02-0219
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-10-22
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia revisó el recurso de casación interpuesto por el defensor de JORGE LUIS LEDEZMA, quien había sido condenado por el delito de robo agravado. El tribunal encontró que el recurso era manifiestamente infundado, ya que el impugnante no logró demostrar la violación de derechos ni la existencia de vicios en la sentencia de primera instancia. La Sala reafirmó que el fallo impugnado se ajustaba a derecho y desestimó el recurso.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución, ha revisado el fallo impugnado para saber si se vulneraron los derechos del ciudadano imputado JORGE LUIS LEDEZMA, o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho y en aras de la Justicia: ha encontrado ese fallo ajustado a Derecho y así lo hace constar. En efecto, y refiriéndose a la prueba de la reincidencia el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar expresó: “...se toma como nueva prueba de conformidad con el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia certificada por el Tribunal Superior Primero en lo Penal, de fecha 06-03-97, en la cual se condenó por los delitos de Robo Agravado y Violación, al ciudadano Jorge Luis Ledezma, titular de la cédula de identidad V-10.0460648, la cual apreciará el Tribunal, de conformidad con los artículos 100 y 101 del Código Penal, sobre lo cual no hubo objeciones por parte de la Fiscalía y la Defensa, no solicitando ningún lapso de suspensión...”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Defensor del ciudadano JORGE LUIS LEDEZMA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casaciónrobo agravadoderecho a la defensaCódigo Orgánico Procesal Penalsentenciareincidenciajusticiavulneración de derechos

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