Sentencia N° 478 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 478, Exp. A12-376, 06/12/2012
ExpedienteA12-376
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, apoderado de la ciudadana Rosemary Castro Salazar. La solicitud se fundamentaba en la supuesta parcialidad de la Juez Segunda de Juicio, Trina Mijares Guédez, en el proceso penal en curso. Sin embargo, se determinó que no se evidencian los requisitos necesarios para la admisibilidad de la solicitud de avocamiento, ya que se han seguido los procedimientos legales establecidos y no se han presentado irregularidades que justifiquen la intervención de la Sala de Casación Penal.
Extracto de la motiva
El motivo principal de la solicitud de avocamiento, es la sustracción de la causa del tribunal que estaba conociendo y la asignación de esta a un juez distinto, ya que a criterio del solicitante la ciudadana jueza TRINA MIJARES GUÉDEZ estaba parcializada con los ciudadanos acusados. Sobre lo anterior conviene referir que se evidencia del expediente No. AA30-P-2012-000356 (que cursa ante la Sala de Casación Penal), relativo a la recusación intentada por la ciudadana ROSEMARY CASTRO contra de la ciudadana TRINA MIJARES GUÉDEZ, Juez Segunda de Juicio con competencia en violencia contra la mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que la misma fue resuelta por la Corte de Apelaciones el dieciocho (18) de septiembre de 2012 y declarada sin lugar. De igual forma se evidencia del escrito de solicitud de avocamiento que la ciudadana juez TRINA MIJARES GUÉDEZ se inhibió, declarándola sin lugar el tribunal de alzada, lo que permite constatar que se han hecho uso de las vías legales previstas en la ley para conocer de los argumentos presentados en la solicitud de avocamiento, observándose además que se le ha dado el debido trámite a los mismos, sin que se evidencie de lo expuesto por el ciudadano abogado ERIC LORENZO PÉREZ SARMIENTO, ninguna irregularidad al respecto.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO interpuesta por el ciudadano abogado ERIC LORENZO PÉREZ SARMIENTO, apoderado judicial de la ciudadana ROSEMARY CASTRO SALAZAR. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.