Sentencia N° 477 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de septiembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 477, Exp. C08-285, 25/09/2008
ExpedienteC08-285
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-09-25
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. La recurrente alegó ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, argumentando que no hubo un razonamiento lógico en la decisión del tribunal inferior. La Sala consideró que la denuncia cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y que el recurso fue interpuesto en tiempo hábil.
Extracto de la motiva
La Sala Penal considera que la anterior denuncia cumple con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal y que el recurso de casación fue interpuesto en tiempo hábil, por la parte con legitimidad para ejercerla, el impugnante menciona el motivo de procedencia de la denuncia, la norma que considera infringida y el fundamento que sustenta su pretensión, aunado a que ese vició sí puede ser atribuido al fallo impugnado y que es recurrible en casación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, el 28 de abril de 2008. Por consiguiente, CONVOCA a las partes a una AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual ha de celebrarse en un lapso no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30).
Palabras clave
recurso de casaciónilogicidadmotivaciónsustancias estupefacientestribunalfiscaldecisiónaudiencia