Sentencia N° 476 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 476, Exp. C23-344, 17/11/2023
ExpedienteC23-344
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-11-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la abogada Carla Nathaly Oviedo Rangel en representación de los ciudadanos BERNAN JAVIER AVENDAÑO y PABLO JAVIER AVENDAÑO. El recurso fue presentado contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio, que impuso una pena de diecisiete años de prisión por delitos relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes y agavillamiento. La Sala concluyó que el recurso era infundado y no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación ejercido el 14 de julio de 2023, por la abogada Carla Nathaly Oviedo Rangel, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 188.638, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos BERNAN JAVIER AVENDAÑO ESCUELA y PABLO JAVIER AVENDAÑO ESCUELA contra la decisión dictada el 28 de julio de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada el 3 de noviembre de 2021 y publicada el 29 de noviembre de 2021, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, mediante la cual condenó a los prenombrados ciudadanos a cumplir la pena de diecisiete (17) años de prisión, por la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO Y DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 149, primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas y con la agravante contenida en el artículo 163, numeral 8 eiusdem; y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 454 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación ejercido el 14 de julio de 2023, por la abogada Carla Nathaly Oviedo Rangel, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 188.638, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos BERNAN JAVIER AVENDAÑO ESCUELA y PABLO JAVIER AVENDAÑO ESCUELA contra la decisión dictada el 28 de julio de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada el 3 de noviembre de 2021 y publicada el 29 de noviembre de 2021, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara.

Palabras clave

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