Sentencia N° 476 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 476, Exp. C12-295, 06/12/2012
ExpedienteC12-295
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónDesestima por inadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de diciembre de 2012, desestima por inadmisible el recurso de casación interpuesto por EILIS NERBETH BIEL BLANCO contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. El recurso fue presentado tras la declaración de sin lugar de un recurso de apelación que buscaba revocar un sobreseimiento dictado en un caso de violencia psicológica y acoso.

Extracto de la motiva

La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las Cortes de Apelaciones o Cortes Superiores, se encuentra establecida en el artículo 29, numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: 'Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: ...2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal'. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada EILIS NERBETH BIEL BLANCO (víctima-denunciante), asistida por el ciudadano abogado EINER ELÍAS BIEL MORALES. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada EILIS NERBETH BIEL BLANCO, asistida por el ciudadano abogado EINER ELÍAS BIEL MORALES, contra la sentencia dictada el veintiséis (26) de junio de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

inmotivaciónrecurso de apelaciónderechos constitucionalesCódigo Orgánico Procesal Penaldecisión judicialanálisis de pruebas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca