Sentencia N° 475 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de diciembre de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 475, Exp. C12-137, 13/12/2013
ExpedienteC12-137
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-12-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 13 de diciembre de 2013, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por los abogados defensores de JOSÉ LUIS DURÁN MONTILLA, anulando las decisiones previas de la Corte de Apelaciones y del Juzgado Primero de Juicio de Violencia contra la Mujer. La Sala argumentó que la Corte de Apelaciones no motivó adecuadamente su decisión, limitándose a transcribir alegatos sin un análisis crítico de las pruebas presentadas. Se ordenó la reposición del caso a un tribunal distinto para un nuevo juicio, debido a vicios en el procedimiento y la falta de motivación en las decisiones anteriores.

Extracto de la motiva

La Sala considera que lo ajustado a derecho es declarar CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados HÉCTOR J. SÁNCHEZ y OLGA BIGOTTI TREJO. En consecuencia, se ANULA la decisión dictada el trece (13) de febrero de 2012 por la Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas (con competencia en materia de reenvío en lo penal) y la decisión proferida el veintisiete (27) de mayo de 2011 por el Juzgado Primero de Juicio de Violencia contra la Mujer del mismo Circuito Judicial Penal, y se REPONE la causa al estado que un tribunal de juicio distinto de ese circuito judicial penal, celebre un nuevo juicio oral y privado con prescindencia de los vicios advertidos en el presente fallo, de acuerdo a los hechos y circunstancias descritos en el auto de apertura a juicio emanado del Tribunal Sexto de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por el delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados HÉCTOR J. SÁNCHEZ y OLGA BIGOTTI TREJO. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada el trece (13) de febrero de 2012 por la Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas (con competencia en materia de reenvío en lo penal). TERCERO: ANULA la decisión proferida el veintisiete (27) de mayo de 2011 por el Juzgado Primero de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: REPONE la causa al estado que un tribunal de juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, celebre un nuevo juicio con prescindencia de los vicios advertidos en el presente fallo, y de acuerdo a los hechos y circunstancias descritos en el auto de apertura a juicio dictado por el Tribunal Sexto de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas por el delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Palabras clave

casaciónabuso sexualadolescentemotivacióndecisión judicial

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