Sentencia N° 475 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de octubre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 475, Exp. C02-0005, 18/10/2002
ExpedienteC02-0005
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-10-18
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación propuesto por la Defensa del ciudadano EDUARDO BERLÍN BRINER.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Eduardo Berlín Briner, condenado por el delito de distracción de fondos públicos. La sentencia de la Corte de Apelaciones fue confirmada, argumentando que no se infringieron los derechos del acusado y que existían suficientes elementos probatorios para sostener la condena. La Sala revisó las denuncias presentadas y determinó que eran infundadas, manteniendo la decisión del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el artículo 71 de la Ley Orgánica del Patrimonio Público no pudo ser infringido por la recurrida porque ni siquiera fue aplicado. El único caso en que las Cortes de Apelaciones pueden incurrir en infracción de una norma de carácter substantivo, es cuando declaran con lugar el recurso de apelación basado en el ordinal 4º del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal y tal no ocurrió. Así que la presente denuncia también debe desestimarse por manifiestamente infundada y según lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la Defensa del ciudadano EDUARDO BERLÍN BRINER.
Palabras clave
distracción de fondos públicosestafa agravadarecursos públicoscasación penalCódigo PenalLey Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio PúblicoCorte de Apelaciones