Sentencia N° 472 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 472, Exp. C15-121, 03/07/2015
ExpedienteC15-121
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-07-03
DecisiónAdmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por las fiscales ONELIS ZAPATA RODRÍGUEZ y JANETTE RODRÍGUEZ TORREALBA, en relación a un fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo que declaró sin lugar un recurso de apelación. El caso involucra a la ciudadana Pilar Verena de la Rosa Palomino, acusada de ser cooperadora inmediata en delitos de legitimación de capitales y uso de identidad falsa. La decisión se fundamenta en la falta de motivación del fallo recurrido, donde se argumenta que la Corte de Apelaciones no expresó los fundamentos de hecho y derecho necesarios para resolver el caso, limitándose a transcribir elementos de la sentencia de primera instancia. La Sala consideró que la denuncia presentada por las recurrentes cumplía con los requisitos legales establecidos. Finalmente, se convocó a una audiencia pública para continuar con el proceso, estableciendo un plazo de entre quince y treinta días para su celebración, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.

Extracto de la motiva

motivación… … Además de que la Corte de Apelaciones Penal del Estado Carabobo, en Sala N°1, valoró medios de prueba que fueron recepcionados en el debate oral y público, cuestión que no les ha dado…no pudiendo el tribunal de alzada arrogarse tales funciones… … Por lo anterior, las pruebas que acredita la Sala N° Uno de la Corte de Apelaciones Penal del Estado Carabobo, en la recurrida, constituye elementos extraños a las pretensiones del recurrente, ya que al llegar a suponer que la Sala N°1 de la Corte de Apelaciones Penal del Estado Carabobo, se subrogue en la carga de las partes sería propio del sistema inquisitivo y violaría además, el derecho a la defensa de las demás partes que se verían sorprendidas por un fallo sostenido en fundamentos que no tuvieron oportunidad de conocer y contradecir, lo que constituyó un claro mecanismo de desigualdad y desequilibrio como en efecto ocurrió. Además constituye el límite d

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara admisible el recurso de casación propuesto por las abogadas ONELIS ZAPATA RODRÍGUEZ y JANETTE RODRÍGUEZ TORREALBA, actuando en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Provisoria Décima Segunda del Ministerio Público, respectivamente. Se convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse, dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 eiusdem. Así se decide.

Palabras clave

apelaciónnulidadpruebasderecho a la defensainmotivaciónCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de ApelacionesConstitución

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