Sentencia N° 470 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de septiembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 470, Exp. C09-324, 29/09/2009
ExpedienteC09-324
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-09-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los defensores de Carlos Enrique Brito, quien había sido condenado a trece años de presidio por el delito de robo agravado de vehículo automotor. El recurrente alegó violaciones a la ley y falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, argumentando que no se consideraron adecuadamente las contradicciones en los testimonios de los funcionarios policiales que intervinieron en el caso.
La Sala de Casación Penal admitió el recurso de casación, considerando que las denuncias estaban debidamente fundamentadas. Se convocó a una audiencia pública para revisar el caso, estableciendo un plazo para su celebración. La decisión de la Corte de Apelaciones fue criticada por no abordar adecuadamente los puntos planteados por la defensa, lo que llevó a la Sala a considerar la admisibilidad del recurso.
Finalmente, se ordenó la publicación y notificación de la decisión a las partes involucradas, reafirmando el compromiso de la Sala de Casación Penal con el debido proceso y la correcta aplicación de la ley.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, declara admisible el recurso de casación, por cuanto la denuncia propuestas se encuentra debidamente fundamentada; y por consiguiente convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) ni mayor de treinta (30) días. Convóquese a las partes y líbrense las correspondientes boletas.
Dispositiva
Publíquese, regístrese, y notifíquese a las partes.