Sentencia N° 47 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de marzo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 047, Exp. CC03-0379, 29/03/2005
ExpedienteCC03-0379
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-03-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declinó la competencia para dirimir un conflicto relacionado con una demanda interpuesta por Pablo José Tomedes Macapio contra la Alcaldía del Municipio Libertador. La demanda solicitaba el pago de daños emergentes y morales. La Sala Penal recibió el expediente y, tras los trámites correspondientes, decidió remitirlo a la Sala Político Administrativa, considerando la naturaleza de la demanda y la responsabilidad patrimonial del Estado.
Extracto de la motiva
La Constitución consagra expresamente la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y como el ciudadano PABLO JOSÉ TOMEDES MACAPIO, presentó una demanda contra la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, es oportuno transcribir los artículos constitucionales siguientes: “... Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”. “... Artículo 140. El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la Administración Pública”. “... Artículo 259. La Jurisdicción contencioso administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar el pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de los reclamos por la prestación de servicios públicos y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declina la competencia en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia para conocer de la demanda incoada por el ciudadano PABLO JOSÉ TOMEDES MACAPIO, contra la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital. Remítase el expediente a la Sala Político Administrativa y copias certificadas de la presente decisión al Juzgado Trigésimo Cuarto de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al Tribunal Tercero de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal y a la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
responsabilidad patrimonialAdministración Públicademandajurisdicción contencioso administrativadañoscompetenciaSala Político AdministrativaEstado