Sentencia N° 469 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de noviembre de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 469, Exp. C06-0389, 14/11/2006
ExpedienteC06-0389
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-11-14
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados JUAN JOSÉ GIL HUAMÁN y BILLY RAFAEL ROMERO CORRO, contra la sentencia dictada por la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Sala consideró que las denuncias planteadas por la defensa eran infundadas, ya que no se vulneraron los derechos de las partes ni hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho.

Extracto de la motiva

En relación con la denuncia planteada, resulta necesario explicar a los recurrentes que ha sido jurisprudencia reiterada de la Sala de Casación Penal que las Cortes de Apelaciones no pueden infringir el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal pues a pesar de que tal disposición exige la motivación de la resolución que se dicte al concluir la audiencia celebrada con ocasión del recurso de apelación ejercido, ella sólo es aplicable cuando se incorporen nuevas pruebas o elementos probatorios a dicha audiencia y, en el caso “sub júdice”, las partes no promovieron algún medio probatorio para ser controvertido. Por otra parte, esta Sala, también ha dicho que al Tribunal de Alzada no le corresponde apreciar las pruebas ni establecer hechos, pues esta función es exclusiva del Juez de Juicio en virtud del principio de inmediación.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa de los ciudadanos acusados JUAN JOSÉ GIL HUAMÁN y BILLY RAFAEL ROMERO CORRO, contra la sentencia dictada por la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 22 de junio de 2006.

Palabras clave

recurso de casacionrobo agravadoinmediacionfalta de motivacionderecho a la defensaprincipio de comunidad de la pruebasentencia penal

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