Sentencia N° 469 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 469, Exp. C02-0298, 15/10/2002
ExpedienteC02-0298
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el defensor de Alexander Rodríguez, quien había sido condenado a diez años de prisión por ocultamiento de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado infundada la apelación del defensor, y el recurrente argumentó la falta de valoración de pruebas y vicios en el procedimiento. La Sala concluye que las denuncias no se dirigen adecuadamente contra la sentencia de la Corte de Apelaciones y que los vicios alegados no fueron reclamados en su oportunidad.

Extracto de la motiva

La defensa confunde bajo una argumentación común el contenido de sus denuncias sin explicar a la Sala en qué consiste cada una de ellas y como éstas influyen en el dispositivo del fallo, se limita a narrar sus argumentos como si estuviese ante una instancia más. No expresa con claridad las normas infringidas, ni los motivos por los cuales considera que el fallo incurre en dichos vicios. El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 460, señala expresamente los motivos por los cuales es procedente el recurso de casación, igualmente señala que los defectos del procedimiento han tenido que ser reclamados en su oportunidad y encuadrados en alguno de esos motivos. Así mismo considera esta Sala, que la insuficiencia o no de pruebas, también denunciada por el recurrente para dar por demostrado la culpabilidad del acusado, es materia para debatir durante el juicio, es decir durante el debate, ya que en esa oportunidad, tanto la fiscalía como la defensa, tratarán de demostrarle al juez la veracidad de sus alegatos y a través del recurso de casación se verificará la existencia de errores de derecho, es decir, si los juzgadores incurrieron en un error al aplicar el derecho a los hechos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de Ejecución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines legales pertinentes.

Palabras clave

recurso de casacionocultamiento de sustancias estupefacientesvaloracion de pruebasprocedimiento por flagranciapresuncion de inocenciavicios procesalesCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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