Sentencia N° 468 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de octubre de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 468, Exp. E24-473, 11/10/2024
ExpedienteE24-473
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-10-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano BRYHAN ISAURO GONZÁLEZ PERAZA, quien es requerido por la presunta comisión del delito de homicidio calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación nacional e internacional sobre extradición, así como en la verificación de la competencia de la Sala para conocer del caso.
La Sala establece que el delito por el cual se solicita la extradición fue cometido en el territorio venezolano y que se cumplen los principios de territorialidad y doble incriminación. Además, se garantiza que el ciudadano será juzgado con todas las garantías procesales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Finalmente, se ordena remitir copia certificada de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional para su ejecución, reafirmando el compromiso del Estado venezolano de respetar los derechos del extraditado durante el proceso judicial.
Extracto de la motiva
motivado ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano BRYHAN ISAURO GONZÁLEZ PERAZA, identificado con la cédula de identidad número V- V-25.856.003, por considerar que se encuentra comprometida su responsabilidad penal por la presunta comisión del delito de “FACILITADOR EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INSTIGADOR, previsto y sancionado en el artículo 406, numerales 1 y 2 Código Penal, en IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 31 concordancia con los artículos 405 y 84, numeral 2 eiusdem”, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de Marialex Solange Angola Rincón. En fecha 27 de agosto de 2024, el Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, solicitó al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano BRYHAN ISAURO GONZÁLEZ PERAZA, identificado con la cédula de identidad número V- V-25.856.003, conforme con lo establecido en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal, ello en virtud que tuvo concomimiento “…en fecha 08/07/2024, según comunicación N.° DFGR3543, procedente de la Dirección General de Policía Internacional INTERPOL-CICPC, donde informan que el ciudadano BRYHAN ISAURO GONZÁLEZ PERAZA, titular de la cédula de identidad número V- V-25.856.003, se encuentra intervenido por las autoridades peruanas, por el presunto delito de Homicidio …” (sic). En fecha 12 de septiembre de 2024, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, con ocasión a la solicitud presentada por el Fiscal adscrito a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocu
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano BRYHAN ISAURO GONZÁLEZ PERAZA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad número V-25.856.003, para ser juzgado en la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión del delito DE HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE FACILITADOR O INSTIGADOR, previsto y sancionado en el artículo 406, numerales 1 y 2 Código Penal, en concordancia con los artículos 405 y 84, numeral 2 eiusdem, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de Marialex Solange Angola Rincón.