Sentencia N° 466 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de julio de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 466, Exp. C25-225, 25/07/2025
ExpedienteC25-225
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-07-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó los recursos de casación interpuestos por los defensores de los ciudadanos Johan Javier Ortiz Barreto y José Francisco Loreto, quienes habían sido condenados por delitos relacionados con el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La decisión se basa en la falta de fundamentación adecuada de los recursos, así como en la confirmación de la sentencia de primera instancia que había declarado sin lugar los recursos de apelación interpuestos por los acusados. La Sala reafirmó su competencia y la legalidad del proceso seguido.

Extracto de la motiva

El Recurso de Casación es un medio de impugnación de carácter extraordinario, regido por disposiciones legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, que exige para su interposición y admisibilidad una serie de requisitos de obligatoria observancia y cumplimiento. De tal forma, el Libro Cuarto “De los Recursos”, Título I “Disposiciones Generales”, del Código Orgánico Procesal Penal, consagra en sus artículos 423 y 424, el marco general normativo que efectivamente regula la interposición de todo recurso. Al respecto, cabe mencionar la sentencia número 28, del 13 de mayo de 2021, en la que esta Sala señaló lo siguiente: “…es propio de la casación penal el cumplimiento adecuado de la técnica de la fundamentación del recurso para que se pueda resolver el fondo de lo pretendido, toda vez que el recurso de casación es un medio de impugnación que tiene carácter restringido y extraordinario, que no se corresponde, se reitera, a una tercera instancia, por lo que, en ese sentido, se requiere de una técnica especial que permita a la Sala de Casación Penal conocer y resolver, en forma excepcional, un determinado asunto penal…”(sic). En virtud de lo expuesto se DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA, la primera denuncia del recurso de casación incoado por la defensa privada del ciudadano JOSÉ FRANCISCO LORETO, al no cumplir con lo dispuesto.

Dispositiva

Se declaran desestimados por manifiestamente infundados los recursos de casación interpuestos por los abogados Michel Balseiro y Óscar Ernesto Guédez, defensores privados del ciudadano Johan Javier Ortiz Barreto, y por las abogadas Yamili Gutiérrez y Martha Luz Sampayo Álvarez, defensoras privadas del ciudadano José Francisco Loreto.

Palabras clave

tráfico ilícitosustancias estupefacientescasación penal

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