Sentencia N° 464 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 464, Exp. C14-504, 03/07/2015
ExpedienteC14-504
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-07-03
DecisiónSe declara desestimado por manifiestamente infundado el recurso de casación
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la empresa Agropecuaria Santa Juana C.A. contra la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó el sobreseimiento de la causa por no configurarse el delito de invasión. La Sala argumentó que el recurrente no logró demostrar la errónea interpretación de las normas alegadas y que los hechos no correspondían a un delito penal, sino a un litigio agrario. La decisión se fundamentó en la falta de legitimidad del recurso y en la correcta aplicación de las normas por parte de los tribunales inferiores.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal ha sostenido que cuando se denuncie un error de Derecho en la calificación del delito, es necesario que se señalen con toda precisión y que se respeten los hechos dados por probados por el juzgador de juicio, a los efectos de que la Sala pueda constatar, si esos hechos se corresponden o no con los elementos del tipo penal que se dice infringido y pueda entrar a considerar si la calificación jurídica dada fue la correcta, es decir, que esta instancia como tribunal de casación, solo conocerá de los fundamentos de derecho aplicados por la alzada en relación a los hechos ya establecidos por el tribunal.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA DESESTIMADO POR MANIFESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado Richard Alexis Correa Crespo, apoderado judicial de la 'AGROPECUARIA SANTA JUANA C.A.', contra la sentencia dictada el 11 de junio de 2014, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, que confirmó el fallo dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, el 18 de septiembre de 2012 y publicado el 20 de septiembre de 2012, que decretó el sobreseimiento de la causa conforme al numeral 2 del artículo 318 (hoy artículo 300) del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de las ciudadanas YNGRID FABIOLA ARAUJO DE SOTO, ANA MARÍA ARAUJO RODRÍGUEZ y el ciudadano ARTURO CELESTINO SOTO LORETO.
Palabras clave
error de derechocalificación del delitoinvasiónCódigo Penalpruebasjuzgadortribunal de casación