Sentencia N° 463 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 463, Exp. C11-238, 17/11/2011
ExpedienteC11-238
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-11-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 366, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los fiscales del Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Táchira. La Corte había confirmado la condena de ocho años de prisión a José Miguel Montilva Vivas por el delito de distribución agravada de sustancias estupefacientes, mientras que absolvió a otros acusados por falta de pruebas suficientes. La Sala consideró que la Corte de Apelaciones había motivado adecuadamente su decisión y que no existía el vicio de inmotivación alegado por los recurrentes.
Extracto de la motiva
La motivación de un fallo radica en manifestar la razón jurídica en virtud de la cual el juzgador adopta una determinada resolución, su decisión es un acto que se origina por el estudio y evaluación de todas las circunstancias particulares y específicas del caso controvertido, así como de los elementos probatorios que surjan durante el desarrollo del proceso penal. Para poder establecer que un fallo se encuentra correctamente motivado, este debe expresar los motivos de hecho y de derecho en que ha sido fundamentado y según lo que se desprendió durante el proceso. En tal sentido, la motivación comprende la obligación, por parte de los jueces, de justificar racionalmente las decisiones judiciales y así garantizar el derecho a una tutela judicial efectiva que impone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tal exigencia, se encuentra íntimamente relacionada con la legitimidad de la función jurisdiccional, en torno a que el fundamento de la sentencia debe lograr el convencimiento de las partes en relación a la justicia impartida y permitir el control de la actividad jurisdiccional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por los Fiscales del Ministerio Público, JOMAN ARMANDO SUÁREZ y YOLEYSA PORRAS TREJO, en contra de la decisión dictada el 21 de marzo de 2011, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.