Sentencia N° 462 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 462, Exp. A11-168, 17/11/2011
ExpedienteA11-168
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-11-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Albenis José Urribarri Borjas, defensor de Víctor Manuel Molina López, quien había sido declarado inculpable en un juicio anterior. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y ordenó la paralización del proceso en curso, argumentando que existían violaciones al principio de cosa juzgada y a los derechos del imputado. Se solicitó el expediente original al tribunal de instancia para su revisión.
Extracto de la motiva
El objeto de la institución procesal del avocamiento tal y como lo ha asentado la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, es traer al Tribunal Supremo de Justicia en sus diferentes Salas -de acuerdo a la naturaleza del asunto discutido-, “cualquier asunto que por su gravedad y por las consecuencias que pudiera producir un fallo desatinado, amerite un tratamiento de excepción con el fin de prevenir antes de que se produzca una situación de caos, desquiciamiento, anarquía o cualesquiera otros inconvenientes a los altos intereses de la Nación y que pudiera perturbar el normal desenvolvimiento de las actividades políticas, económicas y sociales consagradas en nuestra carta fundamental”.
Dispositiva
1) ADMITE la solicitud de avocamiento propuesta por abogado ALBENIS JOSÉ URRIBARRI BORJAS defensor privado del ciudadano VÍCTOR MANUEL MOLINA LÓPEZ. 2) ACUERDA requerir el expediente original y todos los recaudos relacionados con la referida causa, al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 3) ORDENA paralizar el proceso de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.