Sentencia N° 460 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 460, Exp. C05-0250, 19/07/2005
ExpedienteC05-0250
PonenteHÉCTOR CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-07-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy declaró sin lugar el recurso de apelación contra la decisión que absolvió a los acusados de privación ilegítima de libertad y homicidio intencional. El Ministerio Público interpuso recurso de casación, argumentando la errónea interpretación de pruebas. La Sala de Casación Penal del TSJ, al revisar el caso, encontró vicios en el proceso que justificaron la anulación de las sentencias previas y ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: En atención a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos e intereses de las partes, la Sala antes de conocer del recurso de casación propuesto, ha revisado las actas procesales y ha verificado la existencia de un vicio en el proceso que conlleva a declarar la nulidad de las sentencias dictadas por el Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy y de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, por cuanto ésta debió anular la sentencia de primera instancia y ordenar la celebración de un nuevo juicio oral y público. En efecto, observa esta Sala, que el vicio en que incurrió el Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, convalidado por la decisión la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, consistió en que se dejó de comparar y analizar íntegramente entre sí todas las pruebas del proceso, toda vez que el Sentenciador cuando rechazó el testimonio del ciudadano RAIDARWIN PACHECO HIDALGO no argumentó seriamente sus razones o motivos, sin tomar en consideración que de dicha declaración, aunada con el Informe Pericial (Folio 1214) Experticia Física sobre muestras de tierra colectadas al vehículo Toyota Corolla, Placas UAAA-88N, el cual era conducido por los acusados, en el lugar del suceso, así como la declaración de la experto ELSY MARGARITA LOZADA VALERA, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Lara (folios 1204 y 1205), la cual concluye que ambas (porciones de tierra) pertenecen a una misma fuente común de origen, que sumada a otras pruebas resultaría la experticia una prueba complementaria de certeza; además de la declaración de la Experto YANNY GONZÁLEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Lara (folio 1206), quien expuso que del Reconocimiento Legal y Hematológico y la determinación del Grupo Sanguíneo realizada a un forro del asiento trasero del vehículo, se observaron manchas de color pardo rojizo, siendo positivo su naturaleza hemática, que resultó ser del grupo sanguíneo O, coincidiendo con el grupo sanguíneo del occiso WILKER JOSÉ MÁRQUEZ CASTILLO, según experticia de Reconocimiento Legal, Hematológico (Determinación de Grupo Sanguíneo), (folio 72 y 73), lo que hace surgir elementos que concuerdan y hacen presumir la culpabilidad de los imputados en la comisión del delito.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, anula de oficio la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 20 de agosto de 2004, así como la sentencia de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 24 de febrero de 2005 y repone la causa al estado en que se celebre nuevamente el juicio oral y público contra los ciudadanos HENDERSON ORLANDO PERDOMO, FRANKLIN DANIEL DÍAZ IBARRA y LUIS ZENAIDO MARÍN PÉREZ.
Palabras clave
privación ilegítima de libertadhomicidio intencionalrecurso de casaciónanulación de sentenciasvicio en el procesopruebastutela judicial efectiva