Sentencia N° 46 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de febrero de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 046, Exp. A13-215, 18/02/2014
ExpedienteA13-215
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2014-02-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Jesús Balmore Gómez, defensor privado de Jesús Balmore Gómez Aguilar. La decisión se basa en la falta de documentación necesaria para verificar la admisibilidad de la solicitud y en la ausencia de alegaciones claras sobre las irregularidades procesales que justificarían el avocamiento. La Sala concluye que no se han demostrado violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen la imagen del Poder Judicial.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Respecto a la regulación legal de la figura jurídica bajo análisis, los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establecen lo siguiente: El avocamiento será ejercido con suma prudencia y sólo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano Abogado Jesús Balmore Gómez, Defensor privado del ciudadano JESÚS BALMORE GÓMEZ AGUILAR. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

avocamientotribunaljusticiaprocesoirregularidadesderechopoder judicial

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