Sentencia N° 459 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 459, Exp. 05-0244, 19/07/2005
Expediente05-0244
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2005-07-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado de la víctima, DIANNALY MUÑOZ, en un caso de homicidio calificado. La solicitud fue fundamentada en la alegación de violaciones a los derechos de la víctima durante el proceso penal. La Sala examinó los antecedentes del caso y las decisiones previas del tribunal de instancia, concluyendo que no se evidenciaron irregularidades que justificaran el avocamiento.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una figura jurídica que otorga al Tribunal Supremo de Justicia, la facultad para conocer bien sea de oficio o a instancia de parte, cualquier causa que se encuentre en algún tribunal de instancia o asignarlo si lo considera pertinente. Ahora bien, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, delimita el ámbito de aplicación de la institución del avocamiento cuando establece, que éste sólo será procedente en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, perjudicando ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana y que no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios ejercidos por los interesados. De esta manera, la Sala que esté conociendo de la solicitud de avocamiento presentada, exigirá como condiciones concurrentes de procedencia, que el asunto curse ante un tribunal de la República, que la materia vinculada sea de la competencia de la Sala, en cualquier estado y grado del proceso, que las irregularidades que se alegan hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en las instancias correspondientes, mediante los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido.

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el representante de la víctima ciudadana DIANNALY MUÑOZ. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

avocamientohomicidioderechos de la víctimaproceso penalmedidas cautelaresCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penal

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