Sentencia N° 459 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de diciembre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 459, Exp. C03-0033, 11/12/2003
ExpedienteC03-0033
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-12-11
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La sentencia se origina a partir de un juicio por homicidio calificado, donde se condenó a varios acusados. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible un recurso de apelación y admitió otro, que fue posteriormente declarado sin lugar. La defensa del acusado JHONNY RAFAEL FERMÍN MORA presentó un recurso de casación, alegando falta de motivación en el fallo de la Corte de Apelaciones. La Sala de Casación Penal del TSJ revisó el caso y determinó que el recurso era infundado, ya que no se cumplían las exigencias legales para su admisión.
Extracto de la motiva
La Defensa transcribió la denuncia formulada en el recurso de apelación. Después señaló la falta de motivación del fallo recurrido y denunció la infracción del artículo 457 Código Orgánico Procesal Penal en los términos siguientes: “...Tal recurso de apelación fue declarado sin lugar en (sic) base a las declaraciones, transcritas de la sentencia de primera instancia, de los testigos VICTOR MANUEL TERÁN, JENNY JOSEFINA CAMACHO y JOSE DANIEL LAGUNA TREJO; de los cuales la Corte de Apelaciones, sin MOTIVAR EN LO ABSOLUTO, decide, repito, que por tales declaraciones, que no ilustran todas las declaraciones que se produjeron en juicio, que la calificación jurídica dado (sic) a los hechos por la juez de primera instancia está ajustada a derecho (sic), cuando debió motivar su decisión en (sic) base a criterios jurídicos, analizando los supuestos de hecho, su núcleo rector y la estructura lógica de la norma invocada, es decir, no motivó su decisión, sólo transcribió parcialmente, aspectos parciales de las declaraciones de algunos testigos, por lo que incurrió en violación de la ley, particularmente violó el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto que (sic) la decisión propia sobre el asunto no fue en (sic) base a todas las comprobaciones de hecho ya fijadas por la decisión recurrida. Indico como prueba la decisión de primera instancia de fecha 21 de Marzo del 2002...”
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la Defensa del acusado JHONNY RAFAEL FERMÍN MORA. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de apelaciónfalta de motivaciónCódigo Orgánico Procesal Penalcasacióndefensasentencia