Sentencia N° 455 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 455, Exp. CC17-224, 08/12/2017
ExpedienteCC17-224
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónSe declara competente al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la jurisdicción penal ordinaria del Circuito Judicial Penal del estado Zulia para conocer de la ejecución de las sanciones impuestas contra el joven adulto BIGGLIS CAMARGO ORDÓÑEZ.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia surgido entre dos tribunales del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, respecto a la ejecución de sanciones impuestas a Bigglis Camargo Ordóñez. Se determinó que el joven, al momento de cometer los delitos, era mayor de edad, lo que implicaba que debía ser juzgado por un tribunal penal ordinario y no por uno de responsabilidad penal del adolescente. La Sala concluyó que el tribunal competente para conocer de la ejecución de las sanciones era el de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la jurisdicción penal ordinaria.
Extracto de la motiva
La declinatoria de competencia efectuada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, tuvo su sustento en el hecho de que el joven adulto Bigglis Camargo Ordóñez “(…) nunca fue juzgado por sus jueces naturales a los (sic) largo de este proceso como consecuencia de haber manifestado el mismo que era adolescente y de no haber constado en actas documentación alguna que acreditara lo contrario hasta el momento en que este tribunal recibiera el oficio (…) emanado de la Entidad de Atención Cañada II (Varones) en el cual se informa a este despacho que (…) éste es de nacionalidad colombiana con tarjeta de identidad N° 1.006.893.503, y que su fecha de nacimiento es el día 23-07-1994”. En consecuencia, a criterio del referido órgano jurisdiccional, el prenombrado joven adulto debía ser presentado ante su juez natural, esto es, un tribunal penal ordinario para “el consecuente curso de su proceso como persona adulta que es”.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la jurisdicción penal ordinaria del Circuito Judicial Penal del estado Zulia para conocer de la ejecución de las sanciones impuestas contra el joven adulto BIGGLIS CAMARGO ORDÓÑEZ. Se ordena remitir el expediente a la Presidencia del mencionado Circuito Judicial Penal del estado Zulia, para la distribución de la causa a un Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución.
Palabras clave
conflicto de competenciaBigglis Camargo Ordóñezsanciones penalestribunalesejecución