Sentencia N° 455 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 455, Exp. C15-188, 03/07/2015
ExpedienteC15-188
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-07-03
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación presentado por el abogado OSCAR ORLANDO TRIANA, y Declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Yosmar Dilcey Sifontes, condenada por homicidio calificado y usurpación de identidad. La Sala concluye que las denuncias de inmotivación presentadas por la defensa son infundadas y no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Además, se declara inadmisible la solicitud de interpretación de artículos del mismo código, por no cumplir con los requisitos esenciales para su admisión.
Extracto de la motiva
motivado a que todos por allí se conocen, luego esta dama se marchó del lugar y el entrevistado se acercó donde se encontraba la referida dama y observó que la vegetación de la zona estaba alterada, por lo que buscó ayuda en la persona del ciudadano Ramón y removieron el suelo y se percataron de la presencia de un cadáver y le avisaron al señor LORENZO LEÓN propietario del terreno (…) quien manifestó conocer a la persona hoy interfecta y que este en vida respondía al nombre de ALÍ MAHUMOMUD …”. En fecha nueve (9) de junio de 2007 fue celebrada audiencia de presentación de la ciudadana YOSMAR DILCEY SIFONTES, en la cual fue IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 22 acordada la aplicación del procedimiento ordinario y d
Dispositiva
PRIMERO: DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación presentado por el abogado OSCAR ORLANDO TRIANA, en su condición de defensor privado de la ciudadana YOSMAR DILCEY SIFONTES, contra decisión dictada el cinco (05) de febrero de 2015 por la Sala 2 Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la defensa. SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación, referido al contenido y alcance de los artículos 93 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por no cumplir con los requisitos esenciales establecidos jurisprudencialmente para la admisión, tramitación y resolución.