Sentencia N° 451 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 451, Exp. C03-0287, 09/12/2003
ExpedienteC03-0287
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-12-09
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados SUGGLER STEINNER SALCEDO ARISMENDI y YOSMER JESÚS PURICA VERDU, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La sentencia del juzgado de juicio había condenado a los acusados por robo agravado de vehículo automotor y porte ilícito de arma de fuego.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal establece que el recurso de casación procede contra las decisiones de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral y las que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o por la realización de un nuevo juicio, el cual haya sido ordenado por el Tribunal Supremo de Justicia cuando anula la sentencia del juicio anterior y en virtud de un recurso de casación. En el presente caso, el recurrente en sus alegatos le atribuye los vicios a la sentencia del Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual no es recurrible en casación según los señalado en el transcrito artículo. En atención a lo expuesto lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados SUGGLER STEINNER SALCEDO ARISMENDI y YOSMER JESÚS PURICA VERDU, por manifiestamente infundado y según lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa de los acusados SUGGLER STEINNER SALCEDO ARISMENDI y YOSMER JESÚS PURICA VERDU, en contra de la sentencia dictada el 12 de junio de 2003 por la Sala N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido y confirmó la decisión condenatoria dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal.

Palabras clave

recurso de casaciónrobo agravadoporte ilícito de armadecisión judicialderechos de los acusadosCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionesjuzgado de juicio

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