Sentencia N° 451 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de octubre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 451, Exp. R02-0345, 04/10/2002
ExpedienteR02-0345
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-10-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió negar la solicitud de radicación presentada por el abogado defensor de Pedro Pablo Contreras Tarazona, argumentando que no se demostró la existencia de alarma o escándalo público que justificara tal medida. La Sala analizó las pruebas presentadas y concluyó que la cobertura mediática no generaba un riesgo para la administración de justicia.

Extracto de la motiva

Ahora bien, no está demostrada la circunstancia de alarma, sensación o escándalo público que, según la solicitante, se ha generado en la colectividad como consecuencia de los hechos imputados al acusado. Las diversas notas periodísticas acompañadas a la solicitud de radicación, reflejan la cobertura normal que la prensa acostumbra dar a hechos semejantes a los que son materia del presente juicio. Tales circunstancias, no reflejan riesgo alguno de alteración en la administración de justicia, menos aún cuando la información reseñada tiene fecha de publicación del mes y año en que ocurrieron los hechos. Respecto a la paralización del juicio de manera indefinida, consta en el expediente oficio de la abogada Nelida Iris Corredor de Roa, Juez de Juicio Nro. 7 de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, donde informa que dicha causa tenía fijada fecha para la audiencia oral y pública y que la misma sería diferida hasta tanto el Tribunal Supremo de Justicia decidiera la solicitud de radicación. En cuanto a la inhibición de la juez a-quo, la misma fue resuelta oportunamente y es necesario para la radicación de un juicio, la inhibición constante de los jueces que llevan la causa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, niega la radicación solicitada por el defensor del acusado PEDRO PABLO CONTRERAS TARAZONA. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

radicaciónhomicidiolesiones personalesalarma públicajuicio penalCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penal

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