Sentencia N° 450 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 450, Exp. C26-263, 02/10/2026
ExpedienteC26-263
PonenteGRISELL DE LOS ÁNGELES LÓPEZ DE ZACARÍAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-10-02
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Randy Manuel Linares Castillo, quien fue condenado a diez años de prisión por el delito de abuso sexual sin penetración. La decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación fue confirmada, al considerar que la defensa no cumplió con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluyó que la falta de técnica recursiva en la presentación del recurso impedía su admisión.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia ha señalado en reiteradas oportunidades que los argumentos expuestos en el recurso de casación tienen que ser claros, precisos y objetivos, de modo que debe indicarse con precisión cuál es el vicio, cómo incidió, y el efecto o la influencia que produjo en la decisión recurrida, fundamentando por separado cada motivo de violación de la ley, requisitos cuyo incumplimiento generan la desestimación del medio de impugnación ejercido por falta de técnica recursiva, dado que al ser el recurso de casación un medio de impugnación de carácter restringido y extraordinario y no una tercera instancia, los recurrentes deben cumplir adecuadamente con una técnica de fundamentación al plantear la denuncia, que le permita a la Sala conocer y resolver de manera excepcional su pretensión, no que vaya más allá de las razones y atribuciones de esta Sala, por el simple hecho de considerar desfavorable el fallo cuestionado y contrario a sus intereses.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado Gabriel María De Jesús Kassen Machado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 129.392, en su condición de defensor privado del ciudadano RANDY MANUEL LINAREZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad número V-19.170.033, en contra de la decisión dictada el 5 de mayo de 2025, por la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, con sede en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, que declaro SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia ejercido en contra de la decisión dictada el 2 de junio de 2023, y publicada en su texto íntegro el 26 de marzo de 2024, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio Municipal y Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, sede Guanare, la cual CONDENÓ al referido ciudadano a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS de prisión por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 59, en su primer y segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolecente B.E.V.G., de 13 años de edad (se omite identidad conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en los artículos 454 y 457, del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

abuso sexualcasaciónviolencia de géneroderecho penaltutela judicialsentenciarecurso de apelaciónCódigo Orgánico Procesal Penal

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