Sentencia N° 449 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 449, Exp. C12-359, 09/12/2013
ExpedienteC12-359
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-12-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Dr. PAÚL JOSÉ APONTE RUEDA, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado RAFAEL LATORRE CÁCERES, defensor de varios acusados por delitos de secuestro y asociación para delinquir. La decisión se basa en la falta de motivación alegada por la defensa, la cual fue desestimada al considerar que la Corte de Apelaciones había analizado adecuadamente los argumentos y pruebas presentadas en el juicio.
Extracto de la motiva
En el caso sometido a la consideración de esta Sala, la defensa planteó en la primera denuncia del recurso de casación la falta de aplicación de los artículos 173, 364 (numeral 4) y 441 del Código Orgánico Procesal Penal (vigente para el momento de la interposición del recurso de casación), en relación con los artículos 26 y 49 (numeral 1) de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 12 del Código de Procedimiento Civil; atribuyéndole el vicio de inmotivación a la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Para la defensa el tribunal de alzada incumplió con el debido análisis de los argumentos expuestos en el recurso de apelación, referidos a la inexistencia de un nexo lógico entre el hecho acreditado y la conclusión jurídica adoptada por el tribunal de juicio. Señalándo además, que el fallo proferido por la corte de apelaciones, se limitó a establecer que “la transcripción de los hechos que dio como acreditados el a quo, evidenciaba que éstos se basaban por sí mismos y que encuadraban en los delitos de secuestro y asociación para delinquir en relación a los distintos grados de participación de cada uno de los acusados.”
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por el abogado RAFAEL LATORRE CÁCERES, en su condición de defensor de los ciudadanos CARLOS IGNACIO PERNÍA ESCALANTE, JOSÉ RAMIRO GARCÍA CONTRERAS, LUIS ALEXANDER GUERRA JIMÉNEZ, GEROBAN PÉREZ MOLINA y YERSON ADRIÁN LÓPEZ PERNÍA, contra decisión de fecha seis (6) de septiembre de 2012, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
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