Sentencia N° 448 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de noviembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 448, Exp. C04-0011, 23/11/2004
ExpedienteC04-0011
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Quinto del Ministerio Público contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que absolvió al acusado de homicidio calificado. La Sala encontró que la decisión de la Corte de Apelaciones incurrió en vicio de inmotivación al no explicar adecuadamente los fundamentos de su fallo. Se ordenó la anulación de la sentencia y la remisión del expediente para que se dicte una nueva decisión.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, al conocer de la apelación propuesta, en relación a la primera denuncia expresó: “....esta Sala ....constata que al folio trescientos dos (302) del asunto, en el capítulo referente a los argumentos de hecho y de derecho de la sentencia, específicamente en el punto “3.3” el Juez a quo hace un análisis concatenado de lo más notable del dicho de cada una de las personas que comparecieron a la audiencia, analiza y compara los elementos de prueba recibidos en el juicio oral y público, como la declaración del propio acusado, del ciudadano Ender Javier Socorro Gómez, de los expertos Manuel Alfonso Colina, Ricardo Enrique Losada Pérez, Alberto Olivares Villasmil y Manuel Salvador Nava, los cuales permitieron a la mayoría del Tribunal concluir que efectivamente la conducta del acusado JESUS CARRASQUERO se encuentra amparada por una causa de justificación prevista en el artículo 65 del Código Penal, numeral 3, denominada legítima defensa, ya que demostraron que el citado ENDER SOCORRO, se encontraba en compañía del occiso Ronald Nava, quien portaba una arma (sic) de fuego, se encontraron con el acusado, el occiso pretendió agredir con el arma al acusado, ambos discutieron, culminaron con la aptitud asumida por el acusado CARRASQUERO, quien en un acto de subsistencia se vio en la necesidad de repeler el ataque del cual era objeto por parte del occiso. En razón de lo anteriormente expuesto a criterio de esta Sala de Corte de Apelaciones, no se verifica lo expuesto por el recurrente, en el primer considerando que fundamenta su escrito recursivo...”

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la defensa; ANULA el fallo impugnado y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que previa distribución a otra Sala de la Corte de Apelaciones dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que originaron la nulidad anterior. Así se declara.

Palabras clave

homicidiocasaciónlegítima defensainmotivaciónsentenciaCorte de ApelacionesMinisterio Público

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca