Sentencia N° 443 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de junio de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 443, Exp. A24-205, 13/08/2024
ExpedienteA24-205
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-06-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Abigail José Rodríguez Jiménez, en representación de la ciudadana Marienna Karina Arteaga Bracho y otros acusados. La solicitud se fundamentó en la alegación de irregularidades en el proceso penal seguido ante el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, donde se les acusaba de delitos como hurto, fraude y boicot. Sin embargo, la Sala declaró sin lugar la solicitud, argumentando que no se evidenciaron violaciones al debido proceso que justificaran la intervención del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: se AVOCA al conocimiento de la causa seguida en contra de los ciudadanos MARIENNA KARINA ARTEAGA BRACHO, KRISTABELL DEL VALLE URDANETA LEAL, MARÍA ÁNGELA URDANETA VILLALOBOS, RICARDO JAVIER URDANETA ARAUJO y JOSÉ JOAQUÍN URDANETA CASTRO, la cual cursa por ante el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contenida en el expediente signado con el alfanumérico “16J-1437-2023” (nomenclatura de dicho Juzgado). SEGUNDO: declara SIN LUGAR la solicitud de avocamiento interpuesta por el abogado Abigail José Rodríguez Jiménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 83.249, en su carácter de defensor privado de la ciudadana MARIENNA KARINA ARTEAGA BRACHO y los prenombrados ciudadanos, KRISTABELL DEL VALLE URDANETA LEAL RICARDO JAVIER URDANETA ARAUJO y JOSÉ JOAQUÍN URDANETA CASTRO, de la causa penal cursante ante el referido Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contenida en el expediente signado con el alfanumérico “16J-1437-2023” (nomenclatura de dicho Juzgado), por la comisión de los delitos de HURTO, previsto y sancionado en el artículos 453, numeral 9, FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 463, numeral 1, ambos del Código Penal y BOICOT, previsto y sancionado en el artículo 53, de la Ley Orgánica de Precios Justos, por no encontrase satisfechos los requisitos establecidos en los artículos 107 y 108, ambos de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Se AVOCA al conocimiento de la causa seguida en contra de los ciudadanos Marienna Karina Arteaga Bracho, Kristabell del Valle Urdaneta Leal, María Ángela Urdaneta Villalobos, Ricardo Javier Urdaneta Araujo y José Joaquín Urdaneta Castro, la cual cursa por ante el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contenida en el expediente signado con el alfanumérico '16J-1437-2023'. Se declara SIN LUGAR la solicitud de avocamiento interpuesta por el abogado Abigail José Rodríguez Jiménez.