Sentencia N° 442 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de diciembre de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 442, Exp. C17-330, 05/12/2017
ExpedienteC17-330
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-12-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Héctor J. Duarte P. en representación de JEFFERY JETSY MORENO DUARTE. La decisión se basa en que la sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso de apelación no es recurrible en casación, ya que no pone fin al proceso penal ni impide su continuación, siendo considerada una sentencia interlocutoria. La Sala reafirma que el recurso de casación es un medio extraordinario y limitado, aplicable solo a decisiones específicas según el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, previo a cualquier pronunciamiento, debe determinar su competencia para conocer de los recursos interpuestos, y a tal efecto observa: El artículo 266, numeral 8, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dispone: “(...) Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia (…) 8. Conocer del recurso de casación (…)”. Igualmente, el artículo 29, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece: “(…) Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (…): 2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal. (…)”. De la transcripción de las referidas normas legales y constitucionales, se observa, que corresponde a la Sala de Casación Penal el conocimiento de los recursos que en materia penal se ejerzan contra las decisiones de los tribunales penales de segunda instancia.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el abogado Héctor J. Duarte P., en su carácter de defensor privado del imputado JEFFERY JETSY MORENO DUARTE, titular de la cédula de identidad N° 27.027.239, contra la decisión de fecha 23 de agosto de 2017, dictada por la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el referido abogado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 451, 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

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