Sentencia N° 442 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de noviembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 442, Exp. 04-0358, 18/11/2004
Expediente04-0358
PonenteBELTRÁN HADDAD
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2004-11-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por la defensa de los acusados Rennie Rafael Antúnez Izturdy y Juan Carlos Tejada, alegando vulneración del debido proceso. La Sala determinó que no se cumplían los requisitos necesarios para la procedencia del avocamiento, ya que no se habían desatendido los recursos ordinarios ni existían irregularidades procesales graves. Por lo tanto, se declaró inadmisible la solicitud.
Extracto de la motiva
En el presente caso no se observa ni concurren ninguno de los supuestos de procedencia señalados, esto es, no se han desatendido o mal tramitado los recursos ejercidos ni hay una escandalosa irregularidad procesal. Así tenemos que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 20 de Septiembre de 2004, acordó designar como jueces accidentales de la Corte de Apelaciones del Estado Mérida a los abogados AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ, NELSON TORREALBA ÁNGEL y VÍCTOR HUGO AYALA AYALA para que conozcan, entre otras, de la causa de los ciudadanos RENNIE RAFAEL ANTÚNEZ IZTURDY y JUAN CARLOS TEJADA (Exp. N° LP01-R-2004-000153, nomenclatura de la referida Corte de Apelaciones), según consta en los oficios Nros. CJ-04-2561, CJ-04-2564 y CJ-04-2565, de fecha 21 de septiembre de 2004, emanados de la Comisión Judicial de este Alto Tribunal y dirigidos a la Magistrada Dra. Yolanda Jaimes Guerrero, Coordinadora General (E) de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Dispositiva
Por las razones expuestas con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por la defensa de los imputados RENNIE RAFAEL ANTÚNEZ IZTURDY y JUAN CARLOS TEJADA. ASÍ SE DECIDE.
Palabras clave
avocamientodue processjurisdicciónCorte de Apelacionesdelitorobo agravadoderechos humanosjusticia