Sentencia N° 441 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de agosto de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 441, Exp. E24-413, 13/08/2024
ExpedienteE24-413
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-08-13
DecisiónNotificar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Carlos Humberto Sosa Rueda, requerido por Brasil por homicidio calificado. Se determina la competencia de la Sala para conocer la solicitud y se establece que la República Federativa de Brasil tiene un plazo de sesenta días para presentar la documentación necesaria para formalizar la extradición. En caso de no cumplir con este requerimiento, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Una vez recibido el expediente en la Sala de Casación Penal, y revisadas las actuaciones detalladas con anterioridad, se verificó que no consta en autos la solicitud formal de extradición del ciudadano CARLOS HUMBERTO SOSA RUEDA, por parte de la República Federativa de Brasil, ni la documentación judicial que sustente dicha petición, la cual resulta necesaria para examinar los requisitos de fondo que en derecho interno e internacional rigen en materia de extradición. En efecto, solo cursa en el expediente la Notificación Roja, signada con el alfanumérico A-11450/12-2023, publicada en fecha 7 de diciembre de 2023, emitida por la OCN-Brasilia, por la presunta comisión del delito de “… HOMICIDIO CALIFICADO POR EL RECURSO QUE DIFICULTÓ LA DEFENSA DE LA VÍCTIMA, tipificado en el artículo 121 §2°, IV del Código Penal de la República Federativa de Brasil…”.
Dispositiva
NOTIFICAR a la República Federativa de Brasil, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del lapso perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene (a partir del día siguiente de su notificación efectiva) para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria.